Prof: Lesly González N.
Materia: Lógica Jurídica
UGMA
Tema 5. LOS PRINCIPIOS LÓGICOS.
QUE SON LOS PRINCIPIOS LÓGICOS.
Los “principios lógicos”
constituyen las verdades primeras, “evidentes” por sí mismas, a partir de las
cuales se construye todo el edificio formal del pensamiento, según la Lógica
tradicional.
Dentro de una
consideración más moderna de la Lógica Formal, los principios lógicos serán los
preceptos o reglas “operantes” que rigen toda forma correcta de pensamiento.
El modo de considerar estos
principios ha variado a través de la Historia de la Lógica y del pensamiento
científico, pero la Lógica Formal ha coincidido en la formulación de cuatro
principios lógicos, aunque el cuarto no es aceptado por todos los lógicos.
Tales principios son:
1. Principio
de Identidad.
2. Principio
de Contradicción (o Principio de no-Contradicción).
3. Principio
del tercero excluido.
4. Principio
de la Razón Suficiente.
Desde un punto de vista
psicológico (aunque no desde la Psicología Científica sino de la Psicología
Racional), los principios lógicos serían las leyes generales de “operación del
pensamiento”, es decir, las leyes que fundamentan los procesos lógicos.
Desde un punto de vista
ontológico o metafísico (Los discípulos de Aristóteles utilizaron el término metafísica por primera vez (literalmente
quiere decir "después de la física") para referirse a lo que su
maestro describió como "filosofía primera", posteriormente conocida
como ontología. La ontología es la investigación del ser en tanto que ser, o del ser en
general, más allá de cualquier cosa en particular que es o existe. En algunos
filósofos, sobre todo de la escuela de Platón, sostienen que todos los
sustantivos se refieren a entidades existentes.), estos principios serían
las determinaciones más generales del “ser” aún más generales que las
categorías.
Pero desde un punto de
vista estrictamente lógico, sólo pueden ser considerados como las proposiciones
fundamentales que cimientan toda otra proposición en el pensamiento
“formalmente” correcto.
Estos principios son los
juicios más sencillos pero más universales que la inteligencia puede enunciar,
son la regla que nos permite verificar todo razonamiento, desde el punto de
vista lógico. Cuando hablemos de los primeros principios, diremos que son aquellos
que no necesitan demostración y que sirven de base para cualquier demostración.
Aristóteles dijo que un principio es en general
aquello de lo cual procede una cosa, así cada ciencia tiene sus
principios propios que le pertenecen, se denominan también axiomas y es sólo a
partir de ellos que se afianzan las demás proposiciones que apuntalan esa
ciencia, como por ejemplo, los axiomas de la geometría, del álgebra etc.
Gutiérrez Sáenz dice que “un primer principio es una proposición verdadera,
absolutamente evidente, universal y necesaria. Por tanto no necesita
demostración, sino que por el contrario, está supuesta en cualquier
demostración”. Se dice que son evidentes porque captan inmediatamente la verdad
en cuanto se conoce el significado de las palabras con que se enuncian. Son
universales porque se aplican a cualquier ente y son verdades necesarias, por
lo que nunca dejarán de tener validez; por todo ello nuestros razonamientos se
basan en principios o axiomas lógicos, que son considerados como leyes del
pensamiento.
Aristóteles los formuló de
la siguiente manera:
El
Principio Lógico de Identidad
El principio de identidad es
un principio clásico de la lógica y la filosofía, según el cual toda entidad es idéntica a sí misma. Por ejemplo,
Julio César es idéntico a sí mismo (a Julio César), el Sol es idéntico a sí
mismo, esta manzana es idéntica a sí misma, etc. El principio de identidad es,
junto con el principio de no contradicción y el principio del tercero excluido, una de las leyes clásicas del
pensamiento.
Afirma que: toda cosa es lo que
es. A es necesariamente A.
Todo ser es uno y el mismo. O
todo objeto es idéntico a sí mismo.
La variable lógica A denota un pensamiento cualquiera,
por ejemplo:
La ley es la Ley
Cuando en un juicio el
concepto-sujeto es idéntico total o parcialmente al concepto predicado, el
juicio es necesariamente verdadero; cuando la identidad es parcial, el concepto
predicado debe estar contenido en el concepto sujeto, por ejemplo.
Simón Bolívar es el padre de la
Patria
Tomemos en consideración los
siguientes ejemplos el círculo es redondo; el hombre es un animal racional.
Tanto en el primero como en el segundo ejemplo, el predicado está implícito en
el sujeto. En efecto, es inconcebible un círculo que no fuere redondo, y que
el hombre no fuese un animal
racional.
Estas dos proposiciones presentan
una identidad entre el sujeto y el
predicado. Círculo es lo mismo que redondo, y el hombre es lo mismo que un
animal racional.
En este sentido, podríamos
reducir a la formula A es A.
Esta identidad lógica indica al
mismo tiempo que el círculo implica el
ser redondo, y el hombre implica ser animal racional, lo cual expresado en
fórmula sería A implica A. De esto se sigue que: De lo
verdadero se deriva siempre lo verdadero, nunca lo falso.
El Principio Lógico de Contradicción o de la No
Contradicción.
El principio de no
contradicción, o a veces llamado principio de contradicción, es
un principio clásico de la lógica y la filosofía, según el cual una proposición y su negación no pueden ser
ambas verdaderas al mismo tiempo y en el mismo sentido. El principio
también tiene una versión ontológica: nada puede ser y no ser al
mismo tiempo y en el mismo sentido. El
principio de no contradicción es, junto con el principio
de identidad y
el principio del tercero excluido, una de las leyes clásicas del
pensamiento lógico.
Según
Aristóteles, como el principio de no contradicción es justamente un principio,
no puede ser deducido a partir de principios más básicos. En cambio, se lo
puede defender mostrando las consecuencias intolerables de negarlo, o que todo
aquel que lo niegue de alguna manera lo está suponiendo. Por ejemplo,
Aristóteles argumenta que al negar el principio de no contradicción,
implícitamente se lo está suponiendo, porque el mero acto de hacer una
afirmación implica que se afirma una cosa y no lo contrario. Además,
Aristóteles considera el caso de alguien que niega el principio, sosteniendo
que cada proposición es a la vez verdadera y falsa, y pregunta por qué tal
persona toma la ruta de Megara para llegar hasta allí desde Atenas, puesto que en la opinión de tal persona es tan
verdadero que cualquier otro camino lo llevaría a Megara.
Para Gottfried Leibniz y, en general, para
los filósofos
racionalistas, el
principio de no contradicción es innato, es decir, se halla en el alma
humana sin necesidad de haber sido aprendido. En sus Nuevos Ensayos,
Leibniz lo expresa del siguiente modo: "El principio de contradicción incluye
dos enunciaciones verdaderas: la primera, que una proposición no puede ser
verdadera y falsa a la vez; la segunda, que no puede ocurrir que una
proposición no sea ni verdadera ni falsa."
Expresa la necesidad de no
contradecirse, su fórmula es la siguiente:
A no es no A, es decir,
Nada que es, no es.
Ningún objeto puede ser y no ser
al mismo tiempo, por ejemplo:
Este Código no es Código.
Si tenemos 2 juicios, de los
cuales uno afirma una cosa que el otro juicio niega, no es posible que ambos
sean verdaderos al mismo tiempo, ya que uno sólo de ellos es verdadero y el
otro necesariamente falso.
Si decimos: Este libro es un
Código y luego decimos: Este libro no es un Código, nos damos cuenta que
necesariamente uno de los 2 juicios tiene que ser falso.
El principio de la contradicción
afirma que: es imposible que algo sea al mismo tiempo verdadero y
falso. Consideremos los siguientes ejemplos: el círculo no es redondo;
el hombre no es un animal racional. Ambas proposiciones son falsas porque son
ambas contradictorias. En efecto, es falso que el círculo no sea redondo y que
el hombre no sea un animal racional. Si es un círculo es imposible que no sea
redondo, y si es un hombre es imposible que no sea animal racional.
Como es inadmisible que sea algo
y no sea al mismo tiempo y en el mismo sentido, ambas proposiciones son
contradictorias. La contradicción puede aparecer también entre dos
proposiciones contradictorias entre sí. Por ejemplo: El triángulo tiene tres
lados. Ahora si es verdadero que el triángulo tiene tres lados, es
automáticamente falsa la otra que afirma que no tiene tres lados. Luego, dos
proposiciones contradictorias entre sí contribuyen a una contradicción.
La contradicción expresada en
fórmula sería: tanto si una proposición predica que algo es y no es como si dos
proposiciones son contradictorias entre sí, hay una contradicción.
El Principio Lógico del Tercer Excluido.
El principio del tercero
excluido, propuesto y formalizado por Aristóteles, también llamado principio
del tercero excluso o en latín principium tertium exclusum (también
conocido como tertium non datur o una tercera (cosa)
no se da), es un principio clásico de la filosofía y de la lógica según el cual la disyunción de una proposición y su negación es siempre
verdadera.
Por ejemplo, es verdad que
"es de día o no es de día", y que "el Sol está ardiendo o no
está ardiendo". El principio del tercero excluido frecuentemente se
confunde con el principio de bivalencia, según el cual toda proposición
o bien es verdadera o bien es falsa. El principio del tercero
excluido es, junto con el principio de no contradicción y el principio
de identidad, una de
las leyes clásicas del pensamiento.
Como un complemento necesario del
principio de no contradicción, se formula el principio de exclusión del término
medio.
En su forma original, se refería
también a una estructura de la realidad y consistía en la afirmación de que no
hay término medio entre el “ser” y el “no-ser”.
En su forma lógica, este
principio debe entenderse como afirmando que dos juicios contradictorios no
pueden ser ambos falsos, tal como se sintetiza en la fórmula:
Tenemos 2 juicios
contradictorios:
“A es B’ y ‘A no es B’ no son
ambos falsos que se lee:
El juicio ‘A es B’ y su contradictorio,
el juicio ‘A no es B’ no pueden ser falsos a la vez. Es decir, no se da una
tercera posibilidad, puesto que los dos no pueden ser falsos al mismo tiempo.
Cuando existen 2 juicios que se contradicen, no pueden ser los 2 falsos, basta
que reconozcamos la verdad de uno para que podamos afirmar la falsedad del otro.
Lo que quiere decir que todo objeto es o no es, no cabe otra alternativa o
término medio, agrega la idea de que no puede existir una nueva opción entre el
ser y no ser
Principio de la Razón Suficiente.
El principio
de razón suficiente es un principio filosófico según el cual
todo lo que ocurre tiene una razón suficiente para
ser así y no de otra manera, o en otras palabras, todo tiene una explicación suficiente.
El principio lógico de la razón
suficiente no fue enunciado por Aristóteles sino posteriormente por el filósofo
y científico alemán Guillermo Leibniz (1.646-1.716), y se refiere a que para
nuestro pensamiento sólo son verdaderos aquellos conocimientos que podemos
probar con un número suficiente de razones, para que lleven al convencimiento
de la verdad de lo afirmado. Esto quiere decir que, "Todo objeto
debe tener una razón suficiente que lo explique". O lo que es, es
por alguna razón.
Este principio por referirse al
problema de la verdad lo encontraremos tanto en el campo de la gnoseología como
en el de la lógica, ya que el estudio de la verdad compete a la Gnoseología.
Dejemos claro que existe un gran
número de conocimientos cuya verdad adquirimos a través de nuestros sentidos,
mientras que existen otros que deben ser admitidos como el caso de los axiomas
de las matemáticas.
Arturo Schopenhauer (1.788-1860) en su obra
"De la cuádruple raíz del principio de la razón suficiente", hace una
distinción entre este principio y el de la causa y dice que la causa no puede
reducirse a una simple razón, porque es por sí misma un hecho y distingue
cuatro fuentes para el principio de razón
suficientes que son:
·
El
principio de la razón suficiente aplicado al cambio, al devenir, es el principio de
causa, que se enuncia así: todo devenir tiene su causa.
·
El
principio de razón suficiente aplicado al conocer, establece que todo juicio
que expresa un conocimiento debe tener su fundamento y
justificación en otros juicios, ello se enuncia: Toda afirmación exige una
justificación.
·
El
principio de razón suficiente aplicado al Ser independiente de todo tiempo; es
decir, que todas las partes de un todo deben estar relacionadas entre sí y cada
una de ellas se encuentran determinada y condicionada por sus partes
constitutivas. Esto se enuncia: Todo ser tiene su razón.
·
El
principio de razón suficiente aplicado al obrar, es la afirmación y se enuncia
de la manera siguiente: Toda acción tiene su motivación.
La razón suficiente la razón
suficiente no es otra cosa que la conformidad del juicio con la legalidad de la misma razón.
Guillermo Leibniz formuló este
principio de la forma siguiente:
"Todas las cosas deben tener
una razón suficiente por la cual son los que son y no otra cosa", lo que
quiere decir que para nuestro pensamiento sólo podrán ser inobjetables y
verdaderos aquellos conocimientos que se puedan probar suficientemente".