Prof: Lesly González N.
Materia: Lógica Jurídica
UGMA

Tema 5. LOS PRINCIPIOS LÓGICOS.


QUE SON LOS PRINCIPIOS LÓGICOS.
Los “principios lógicos” constituyen las verdades primeras, “evidentes” por sí mismas, a partir de las cuales se construye todo el edificio formal del pensamiento, según la Lógica tradicional.
Dentro de una consideración más moderna de la Lógica Formal, los principios lógicos serán los preceptos o reglas “operantes” que rigen toda forma correcta de pensamiento.
El modo de considerar estos principios ha variado a través de la Historia de la Lógica y del pensamiento científico, pero la Lógica Formal ha coincidido en la formulación de cuatro principios lógicos, aunque el cuarto no es aceptado por todos los lógicos.
Tales principios son:
1. Principio de Identidad.
2. Principio de Contradicción (o Principio de no-Contradicción).
3. Principio del tercero excluido.
4. Principio de la Razón Suficiente.

Desde un punto de vista psicológico (aunque no desde la Psicología Científica sino de la Psicología Racional), los principios lógicos serían las leyes generales de “operación del pensamiento”, es decir, las leyes que fundamentan los procesos lógicos.
Desde un punto de vista ontológico o metafísico (Los discípulos de Aristóteles utilizaron el término metafísica por primera vez (literalmente quiere decir "después de la física") para referirse a lo que su maestro describió como "filosofía primera", posteriormente conocida como ontología. La ontología es la investigación del ser en tanto que ser, o del ser en general, más allá de cualquier cosa en particular que es o existe. En algunos filósofos, sobre todo de la escuela de Platón, sostienen que todos los sustantivos se refieren a entidades existentes.), estos principios serían las determinaciones más generales del “ser” aún más generales que las categorías.
Pero desde un punto de vista estrictamente lógico, sólo pueden ser considerados como las proposiciones fundamentales que cimientan toda otra proposición en el pensamiento “formalmente” correcto.
Estos principios son los juicios más sencillos pero más universales que la inteligencia puede enunciar, son la regla que nos permite verificar todo razonamiento, desde el punto de vista lógico. Cuando hablemos de los primeros principios, diremos que son aquellos que no necesitan demostración y que sirven de base para cualquier demostración. Aristóteles dijo que un principio es en general  aquello de lo cual procede una cosa, así cada ciencia tiene sus principios propios que le pertenecen, se denominan también axiomas y es sólo a partir de ellos que se afianzan las demás proposiciones que apuntalan esa ciencia, como por ejemplo, los axiomas de la geometría, del álgebra  etc. Gutiérrez Sáenz dice que “un primer principio es una proposición verdadera, absolutamente evidente, universal y necesaria. Por tanto no necesita demostración, sino que por el contrario, está supuesta en cualquier demostración”. Se dice que son evidentes porque captan inmediatamente la verdad en cuanto se conoce el significado de las palabras con que se enuncian. Son universales porque se aplican a cualquier ente y son verdades necesarias, por lo que nunca dejarán de tener validez; por todo ello nuestros razonamientos se basan en principios o axiomas lógicos, que son considerados como leyes del pensamiento.
Aristóteles los formuló de la siguiente manera:
El Principio Lógico de Identidad
El principio de identidad es un principio clásico de la lógica y la filosofía, según el cual toda entidad es idéntica a sí misma. Por ejemplo, Julio César es idéntico a sí mismo (a Julio César), el Sol es idéntico a sí mismo, esta manzana es idéntica a sí misma, etc. El principio de identidad es, junto con el principio de no contradicción y el principio del tercero excluido, una de las leyes clásicas del pensamiento.
Afirma que: toda cosa es lo que es. A es necesariamente A.
Todo ser es uno y el mismo. O todo objeto es idéntico a sí mismo.
La variable  lógica A denota un pensamiento cualquiera, por ejemplo:
La ley es la Ley
Cuando en un juicio el concepto-sujeto es idéntico total o parcialmente al concepto predicado, el juicio es necesariamente verdadero; cuando la identidad es parcial, el concepto predicado debe estar contenido en el concepto sujeto, por ejemplo.
Simón Bolívar es el padre de la Patria
Tomemos en consideración los siguientes ejemplos el círculo es redondo; el hombre es un animal racional. Tanto en el primero como en el segundo ejemplo, el predicado está implícito en el sujeto. En efecto, es inconcebible un círculo que no fuere redondo, y que el hombre no fuese un animal racional.
Estas dos proposiciones presentan una identidad entre el sujeto y el predicado. Círculo es lo mismo que redondo, y el hombre es lo mismo que un animal racional.
En este sentido, podríamos reducir a la formula A es A.
Esta identidad lógica indica al mismo tiempo que el círculo implica el ser redondo, y el hombre implica ser animal racional, lo cual expresado en fórmula sería A implica A. De esto se sigue que: De lo verdadero se deriva siempre lo verdadero, nunca lo falso.
El Principio Lógico de Contradicción o de la No Contradicción.
El principio de no contradicción, o a veces llamado principio de contradicción, es un principio clásico de la lógica y la filosofía, según el cual una proposición y su negación no pueden ser ambas verdaderas al mismo tiempo y en el mismo sentido. El principio también tiene una versión ontológica: nada puede ser y no ser al mismo tiempo y en el mismo sentido. El principio de no contradicción es, junto con el principio de identidad y el principio del tercero excluido, una de las leyes clásicas del pensamiento lógico.
            Según Aristóteles, como el principio de no contradicción es justamente un principio, no puede ser deducido a partir de principios más básicos. En cambio, se lo puede defender mostrando las consecuencias intolerables de negarlo, o que todo aquel que lo niegue de alguna manera lo está suponiendo. Por ejemplo, Aristóteles argumenta que al negar el principio de no contradicción, implícitamente se lo está suponiendo, porque el mero acto de hacer una afirmación implica que se afirma una cosa y no lo contrario. Además, Aristóteles considera el caso de alguien que niega el principio, sosteniendo que cada proposición es a la vez verdadera y falsa, y pregunta por qué tal persona toma la ruta de Megara para llegar hasta allí desde Atenas, puesto que en la opinión de tal persona es tan verdadero que cualquier otro camino lo llevaría a Megara.
            Para Gottfried Leibniz y, en general, para los filósofos racionalistas, el principio de no contradicción es innato, es decir, se halla en el alma humana sin necesidad de haber sido aprendido. En sus Nuevos Ensayos, Leibniz lo expresa del siguiente modo: "El principio de contradicción incluye dos enunciaciones verdaderas: la primera, que una proposición no puede ser verdadera y falsa a la vez; la segunda, que no puede ocurrir que una proposición no sea ni verdadera ni falsa."
Expresa la necesidad de no contradecirse, su fórmula es la siguiente:
A no es no A, es decir,
Nada que es, no es.
Ningún objeto puede ser y no ser al mismo tiempo, por ejemplo:
Este Código no es Código.
Si tenemos 2 juicios, de los cuales uno afirma una cosa que el otro juicio niega, no es posible que ambos sean verdaderos al mismo tiempo, ya que uno sólo de ellos es verdadero y el otro necesariamente falso.
Si decimos: Este libro es un Código y luego decimos: Este libro no es un Código, nos damos cuenta que necesariamente uno de los 2 juicios tiene que ser falso.
El principio de la contradicción afirma que: es imposible que algo sea al mismo tiempo verdadero y falso. Consideremos los siguientes ejemplos: el círculo no es redondo; el hombre no es un animal racional. Ambas proposiciones son falsas porque son ambas contradictorias. En efecto, es falso que el círculo no sea redondo y que el hombre no sea un animal racional. Si es un círculo es imposible que no sea redondo, y si es un hombre es imposible que no sea animal racional.
Como es inadmisible que sea algo y no sea al mismo tiempo y en el mismo sentido, ambas proposiciones son contradictorias. La contradicción puede aparecer también entre dos proposiciones contradictorias entre sí. Por ejemplo: El triángulo tiene tres lados. Ahora si es verdadero que el triángulo tiene tres lados, es automáticamente falsa la otra que afirma que no tiene tres lados. Luego, dos proposiciones contradictorias entre sí contribuyen a una contradicción.
La contradicción expresada en fórmula sería: tanto si una proposición predica que algo es y no es como si dos proposiciones son contradictorias entre sí, hay una contradicción.

El Principio Lógico del Tercer Excluido.
El principio del tercero excluido, propuesto y formalizado por Aristóteles, también llamado principio del tercero excluso o en latín principium tertium exclusum (también conocido como tertium non datur o una tercera (cosa) no se da), es un principio clásico de la filosofía y de la lógica según el cual la disyunción de una proposición y su negación es siempre verdadera.
Por ejemplo, es verdad que "es de día o no es de día", y que "el Sol está ardiendo o no está ardiendo". El principio del tercero excluido frecuentemente se confunde con el principio de bivalencia, según el cual toda proposición o bien es verdadera o bien es falsa. El principio del tercero excluido es, junto con el principio de no contradicción y el principio de identidad, una de las leyes clásicas del pensamiento.
Como un complemento necesario del principio de no contradicción, se formula el principio de exclusión del término medio.
En su forma original, se refería también a una estructura de la realidad y consistía en la afirmación de que no hay término medio entre el “ser” y el “no-ser”.
En su forma lógica, este principio debe entenderse como afirmando que dos juicios contradictorios no pueden ser ambos falsos, tal como se sintetiza en la fórmula:
 Tenemos 2 juicios contradictorios:
“A es B’ y ‘A no es B’ no son ambos falsos que se lee:
El juicio ‘A es B’ y su contradictorio, el juicio ‘A no es B’ no pueden ser falsos a la vez. Es decir, no se da una tercera posibilidad, puesto que los dos no pueden ser falsos al mismo tiempo. Cuando existen 2 juicios que se contradicen, no pueden ser los 2 falsos, basta que reconozcamos la verdad de uno para que podamos afirmar la falsedad del otro. Lo que quiere decir que todo objeto es o no es, no cabe otra alternativa o término medio, agrega la idea de que no puede existir una nueva opción entre el ser y no ser
Principio de la Razón Suficiente.
El principio de razón suficiente es un principio filosófico según el cual todo lo que ocurre tiene una razón suficiente para ser así y no de otra manera, o en otras palabras, todo tiene una explicación suficiente.
El principio lógico de la razón suficiente no fue enunciado por Aristóteles sino posteriormente por el filósofo y científico alemán Guillermo Leibniz (1.646-1.716), y se refiere a que para nuestro pensamiento sólo son verdaderos aquellos conocimientos que podemos probar con un número suficiente de razones, para que lleven al convencimiento de la verdad de lo afirmado. Esto quiere decir que, "Todo objeto debe tener una razón suficiente que lo explique". O lo que es, es por alguna razón.
Este principio por referirse al problema de la verdad lo encontraremos tanto en el campo de la gnoseología como en el de la lógica, ya que el estudio de la verdad compete a la Gnoseología.
Dejemos claro que existe un gran número de conocimientos cuya verdad adquirimos a través de nuestros sentidos, mientras que existen otros que deben ser admitidos como el caso de los axiomas de las matemáticas.
Arturo Schopenhauer (1.788-1860) en su obra "De la cuádruple raíz del principio de la razón suficiente", hace una distinción entre este principio y el de la causa y dice que la causa no puede reducirse a una simple razón, porque es por sí misma un hecho y distingue cuatro fuentes para el principio de razón suficientes que son:
·         El principio de la razón suficiente aplicado al cambio, al devenir, es el principio de causa, que se enuncia así: todo devenir tiene su causa.
·         El principio de razón suficiente aplicado al conocer, establece que todo juicio que expresa un conocimiento debe tener su fundamento y justificación en otros juicios, ello se enuncia: Toda afirmación exige una justificación.
·         El principio de razón suficiente aplicado al Ser independiente de todo tiempo; es decir, que todas las partes de un todo deben estar relacionadas entre sí y cada una de ellas se encuentran determinada y condicionada por sus partes constitutivas. Esto se enuncia: Todo ser tiene su razón.
·         El principio de razón suficiente aplicado al obrar, es la afirmación y se enuncia de la manera siguiente: Toda acción tiene su motivación.
La razón suficiente la razón suficiente no es otra cosa que la conformidad del juicio con la legalidad de la misma razón.
Guillermo Leibniz formuló este principio de la forma siguiente:
"Todas las cosas deben tener una razón suficiente por la cual son los que son y no otra cosa", lo que quiere decir que para nuestro pensamiento sólo podrán ser inobjetables y verdaderos aquellos conocimientos que se puedan probar suficientemente".


Sentencia

Sentencia sobre Nuevo Procedimiento Ordinario CPC

Sentencia Nuevo Procedimiento Ordinario CPC http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scc/agosto/307126-RC.000397-14819-2019-19-065.HTML